jueves, 19 de noviembre de 2009

De cómo un acto humanitario se convierte en criminal asonada

Ricardo de Jesús Castiblanco Bedoya

Revista Semana/Comunidades, Bogota

Noviembre 17 de 2009

Sin caer en las exageraciones de juicio sobre las conductas de la senadora Piedad Esneda Córdoba Ruíz y su polémica participación en los eventos de liberación de secuestrados por las Farc, si debe señalarse con preocupación lo acaecido este fin de semana en la ciudad de Cali, cuando una turba violenta atacó, desarmó y agredió a unos detectives del DAS que habían aprehendido en la vía pública a un terrorista sobre el que pesan más de 10 órdenes de captura proferidas legalmente por la justicia colombiana. Para justificar el hecho, la senadora Córdoba Ruíz no ha dudado en declarar ante la prensa nacional e internacional que alias 'Danilo' es un activista de derechos humanos que iba a ser secuestrado y desaparecido por los agentes del DAS, lo que, si no existen pruebas plenas de su dicho, constituye indudablemente un delito de injuria y calumnia contra los servidores públicos que debe ser investigado y judicializado como corresponde por la autoridad judicial competente, en tanto las declaraciones de la senadora no tienen el amparo foral de la opinión de un congresista.

Danilo Alarcón Quiceno no es ningún activista de derechos humanos, es uno de los responsables de la logística del VI Frente de las Farc y cuenta con más de 10 órdenes de captura proferidas legalmente por las autoridades judiciales. Sin embargo la senadora Córdoba Ruíz se empeña en presentarlo como víctima de un intento de secuestro y desaparecimiento para justificar la asonada producida contra los agentes del DAS para favorecer su fuga. Más allá de cualquier consideración política o ideológica, a la luz de las normas del estatuto penal, los participantes de la asonada y su determinadora, deberán responder al menos por los delitos de favorecimiento (art. 446 del Código Penal), que en este caso facilitó la fuga de un procesado por delitos de narcotráfico, terrorismo, homicidio, extorsión y otras conductas punibles conexas; además de las relacionadas con lesiones personales dolosas y las que resulten de la conducta desplegada por los partícipes.

No podrá, en este caso, excusarse la senadora Piedad Córdoba en denunciar inexistentes persecuciones políticas o tentativa de impedir su labor humanitaria, porque lo actuado no tiene ninguna relación con esas actividades, sino con la comisión de delitos tipificados en nuestro ordenamiento penal, muy mal mensaje enviaría a la sociedad la Corte Suprema de Justica si recurre nuevamente a la inhibición para eludir el deber de investigar y judicializar estas conductas. La senadora no es inmune cuando de tales acciones se trata, por menos están privados de la libertad otros parlamentarios cuyo delito fue haber firmado un documento, no el de haber incurrido en acciones violentas como la acontecida en Cali. La justicia en Colombia no puede ser selectiva y a partir de la consideración de que los terroristas son luchadores altruistas o ahora abnegados defensores de los derechos humanos, seguir eludiendo el deber de investigar todas las conductas tipificadas como delitos.

La señora Córdoba Ruíz asume una vez más la defensa a ultranza de los componentes de las Farc y genera un clima de desinformación y complicidad para deslegitimar las acciones que en contra de ellos adelanta la Fuerza Pública y los organismos de seguridad en cumplimiento de los deberes que les impone la Constitución y la ley, de tal manera que cabe al ciudadano del común exigir que se explique de una vez por todas cuál es el papel del movimiento político Ciudadanos y Ciudadanas por la paz que lidera la controvertida congresista, pues queda visto que es todo menos el de una desinteresada mediación para lograr la liberación de los secuestrados por la narcoguerrilla. Queda entonces en manos de la justicia colombiana, en especial de la Corte Suprema de Justicia, que se haga claridad y se conozca la verdad de este incidente; la sociedad colombiana espera que en este caso no se produzca una nueva inhibición del Tribunal recurriendo a la increible excusa de duda sobre la prueba.

No hay comentarios: