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viernes, 11 de diciembre de 2009

¿Los derechos humanos son letra muerta?

Luz Esther Castellanos B.

El Frente, Bucaramanga

Diciembre 11 de 2009

Los derechos humanos constituyen el conjunto de privilegios que la legislación nacional e internacional le ha reconocido al ser humano, para que pueda vivir dignamente. El jurista “checo Karel Vasak propuso que fueran clasificados estos derechos, como de primera, segunda y tercera generación. En el primer grupo encontramos aquellos derechos que buscan la protección de las llamadas “libertades clásicas”. Como el de la libertad de opinión y expresión de ideas; el que hace relación a la libertad de religión; la libertad de asociación y de locomoción; el derecho a la vida, la libertad y seguridad jurídica; el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos crueles y el relativo a la igualdad de derechos entre los dos géneros. (Hombres y mujeres).


En un segundo lugar y no porque sean menos importantes están los derechos relativos a tener seguridad social, salud, trabajo. Derecho a tener un nivel de vida adecuado, a la alimentación, vivienda, vestido, educación gratuita y obligatoria en primaria y secundaria. Derecho a gozar de cuidados y asistencia especiales durante la maternidad e infancia y el derecho a formar sindicatos.


A los de tercera generación pertenecen los derechos que “incentivan el progreso social” y “pretenden elevar el nivel de vida de todos los pueblos”. Son pues los relativos a “la paz, cooperación y justicia internacional; los de la coexistencia pacífica, el uso de los avances de la ciencia y la tecnología; la identidad nacional y cultural; la solución de problemas alimenticios, demográficos, ecológicos y educativos.


No obstante existir las normas contentivas de estos derechos inherentes al hombre ¿son, en realidad, letra muerta?


El Estado debe ser garantista de difusión en la sociedad de los derechos humanos y velar por su no vulneración, sin hacer discriminación alguna por clase social, sexo, raza, credo político o religioso, ni por la condición económica de su titular.

También nosotros mismos, a través del ejemplo desde cada hogar o institución educativa, repliquemos el valor de estos derechos que en ocasiones son ignorados o violados. En el silencio clamo a Dios protección universal de estos derechos y me cuestiono: ¿En qué momento el hombre perdió el norte de la sensibilidad por el respeto de los derechos de las personas?


No más secuestros, ni homicidios, no más hambres, ni violaciones a menores, no a la corrupción, no a la inseguridad jurídica, no más desigualdades sociales, ni discriminación. No a la indiferencia. ¿Por qué se juega con la salud del ser humano? ¿Por qué quieren unos opacar a otros? ¿Por qué las ansias de corrupción? ¿Quién me puede dar la fórmula para detener estos flagelos vulneradores de los derechos humanos y vivir en un mundo ideal que hoy no es el real, de cuya realidad quiero escapar, por tanta frialdad?


Invito a los estamentos gubernamentales, ONG y demás organizaciones que trabajan por un mundo más humano a que no declinen frente a la realidad adversa, en la meritoria labor de protección de los derechos humanos.


Construyamos mejores sociedades para las generaciones venideras es ahora o nunca.

viernes, 4 de diciembre de 2009

Las acciones populares

Luz Esther Castellanos B.

El Frente, Bucaramanga

Diciembre 4 de 2009

Algunos temas han causado polémica nacional, como el de la elección del Fiscal General de la Nación, la posibilidad de reelección de gobernantes del poder Ejecutivo, el abuso de figuras jurídicas como la tutela y las acciones populares, entre otros. Lo anterior puede constituir un indicador para que nuestra constitución y consecuentemente algunas leyes que desarrollan los artículos de ella deban ser reestructurados.


Después de este preámbulo he de referirme a las acciones populares, figura jurídica que se creó con un objetivo noble, como quiera que busca salvaguardar los intereses de la colectividad cuando estos se encuentren amenazados. Incluye “protección del espacio público, la salubridad y la seguridad públicas, la moralidad administrativa, el medio ambiente”, entre otros, al tenor del Artículo 88 de nuestra adulta Constitución. (Adulta, por contar con dieciocho años de vigencia).


La Ley 472 de 1998 reguló el Artículo 88 de la Carta Magna. Pese a lo anterior se aprecia que presuntamente más que la protección del interés colectivo son los incentivos económicos que se otorgan a quienes “exitosamente adelanten acciones populares” los móviles para algunos accionantes. Lo censurable entonces es el abuso que ciertos demandantes están haciendo con la aplicación de esta ley. A manera de ejemplo, el tema del espacio público se está volviendo el pan nuestro de cada día, incoar acción popular contra el propietario de una determinada empresa pública o privada, por no tener parqueadero privado en su local. No se entiende como entonces dan las licencias de funcionamiento a la empresa. ¿Será que todo gerente de empresa tiene la capacidad económica suficiente para construir parqueaderos? Estos son algunos de los factores coyunturales aprovechados por algunos demandantes de las acciones populares.


Es conveniente y urgente poner un freno legal a estos atropellos. Es más, en ocasiones están congestionando los despachos judiciales con las acciones populares, lo que denota una vez más el presunto interés pecuniario de los demandantes.


A mi juicio la responsabilidad también puede recaer sobre los legisladores. Son ellos quienes, en aras de mostrar su trabajo legislativo, copian modelos jurídicos de países desarrollados cultural, social, económica y jurídicamente y hacen réplica de éstos en el nuestro, en vía de desarrollo. Quienes legislan deberían darse previamente a la tarea de visualizar el impacto en la sociedad de los instrumentos jurídicos que traen del exterior para ser aplicados en nuestro país. Esto es evaluar la conveniencia o no de la aplicación de la ley y en caso afirmativo adelantar campañas preventivas y de socialización de las normas entre sus destinatarios, más no medidas remediales. Sólo así se evitarían traumatismos.

viernes, 27 de noviembre de 2009

Adopción infantil por parejas homosexuales

Luz Esther Castellanos Barón

El Frente, Bucaramanga

Noviembre 27 de 2009

La legislación Colombiana ha reconocido una serie de privilegios para las parejas homosexuales, como permitirles que conformen sociedades patrimoniales reconocidas ante notario mediante el otorgamiento de escritura pública. Quienes desconocen la ley equivocadamente a estos actos les llaman “matrimonio” entre parejas homosexuales.


De otra parte se han venido reconociendo derechos de sustitución pensional al compañero sobreviviente, en este tipo de uniones. Por lo que se concluye que a esas parejas homosexuales estables no se les ha discriminado, ni ignorado. La ley ha sido flexible con estas uniones, pero ello no implica que todo lo legal sea moral.


En el tema de adopción, la apreciación es distinta. La adopción infantil, es una figura legal que protege los intereses del menor, y pretende que éste sea acogido en el seno de una familia que no es la de sus padres biológicos, donde le brinden amor, educación, buen ejemplo parental del adoptante, estabilidad emocional y moral.


En el caso de las parejas homosexuales por mandato legal les esta prohibido adoptar a infante alguno. De un lado porque este tipo de uniones no constituyen una familia, concepto definido en la constitución nacional como la conformada por un hombre y una mujer.(Art.42C.N.) Y por otra parte porque” el libre desarrollo de la personalidad encuentra sus límites en los derechos de lo demás y en el orden jurídico preexistente.”


Es así como en aras de salvaguardar el orden público se faculta a los legisladores para dictar leyes de moralidad pública o social. Esta moral hace referencia a la que resulta compatible con una democracia constitucional”, con la que prevalece “en cada pueblo en su propia circunstancia. Por lo tanto “esta moral no es individual, lo individual es la valoración que cada uno hace de sus actos en relación con la moral social.”


Ahora bien, a falta de legislación o norma en el tema que se aborda, constituye derecho lo que por costumbre y el querer mayoritario aprueben moralmente, los integrantes de una sociedad.


Existen en este estereotipo de parejas homosexuales las que tienen la solvencia económica para adoptar a un menor y procurarle su alimento, vestido, vivienda, educación etc. Pese a ello lo que la sociedad reprocha es que un infante educado por estas parejas, y por el ejemplo parental podrían ser replica de este tipo de uniones en la sociedad. Es ahí donde se predica la prevalencia de la moralidad pública ya referida. Es más, respetuosamente se les podría sugerir a estas parejas que si lo desean opten por la adopción de hecho, esto es dar auxilios u otras ayudas, a los orfanatos para coadyuvar a la manutención de un menor, lo que sería más altruista.


(Algunos apartes arriba expuestos tienen asidero en conceptos que ha dado la Honorable Corte Constitucional, el bloque de Constitucionalidad, la Carta Magna, y legislación civil, entre otras (SENT.T- 290 DE 1.995)

viernes, 20 de noviembre de 2009

Humanización del Derecho y ‘lluvia’ de leyes

Luz Esther Castellanos B.

El Frente, Bucaramanga

Noviembre 20 de 2009

Aprecio, con asombro, que el tejido normativo en nuestro país cada día es más denso y cambiante, lo que favorece la inseguridad jurídica. Abogados, operadores jurídicos e incluso la comunidad no alcanzan a socializar una ley cuando al poco tiempo la reforman o derogan.

Pretende cada legislador crear leyes sin una política legislativa a largo plazo, dando paso al actual “aguacero legislativo”. En el proceso de lograr la tan anhelada seguridad jurídica, que ayuda a direccionar la sociedad cambiante, es necesario que quienes legislen tengan en cuenta estudios sociológicos preliminares del grupo para el cual se crea la ley.

Nos corresponde como ciudadanos elegir sin equívocos a quienes han de conformar el cuerpo legislativo o Congreso, con representación paritaria de los dos géneros: masculino y femenino, incluyendo además las diferentes generaciones. Lo anterior podrá de alguna manera permear el cambio para una cultura jurídica estable.

Por ahora quienes imparten justicia deben ondear con sapiencia, para evitar el “choque de trenes”, ante la coexistencia del sinnúmero de leyes que no arrojan en ocasiones con mediana certeza cuál ha de prevalecer para ser aplicada por los funcionarios competentes en un caso puntual. Sugiero que en casos de conflictos inter –Cortes como los que se han presentado, se acuda a fórmulas conciliatorias, donde una de las partes ceda pensando que debe primar el interés general, o de la sociedad, sobre el interés particular.

Sea la oportunidad, además, para insinuar a los respetables operadores jurídicos y como aprendí del docente Mauricio Rodríguez, “busquen humanizar el Derecho”. Esto implica que al momento de proferir una decisión judicial, ante la colcha de leyes, apliquen con sabiduría jurídica la norma necesaria para resolver el caso. No obstante lo anterior y más importante aún, que tengan en cuenta los principios de la ética profesional, la buena moral y sin menoscabo de los derechos humanos de quien estén judicializado. Esto es despertar a una nueva era jurídica de respeto a la dignidad humana. Desde luego se debe armonizar el proceso con los principios constitucionales que estén vigentes.

Por último esperemos que prontamente se dé una reestructuración de política legislativa a largo plazo, que permita devolverle la tan anhelada seguridad jurídica a la sociedad.

Nota: Tan solícita ha sido la necesidad de humanización del Derecho que la Constitución del 91 acertadamente consagró la figura de la acción de tutela, en aras de proteger los derechos fundamentales de las personas. Por cierto, este mecanismo lo están volviendo la panacea para invocar protección de derechos NO fundamentales, distrayendo inocuamente la labor de los honorables magistrados y jueces.

viernes, 13 de noviembre de 2009

Generación Y

Luz Esther Castellanos Barón

El Frente, Bucaramanga

Noviembre 13 de 2009

La semana pasada asistí a una conferencia en la UNAB, bastante interesante, por la trascendencia que el contenido del tema tiene cada día en la sociedad: el mundo económico y empresarial. Me refiero a una generación con una denominación desconocida para algunas personas: “La generación Y” la conforman los nacidos entre los años 1981 y 2.000, cuyos progenitores nacieron a finales de los años 60, 70 y 80, por los que se les conoce a estos como Generación X.

Los Y nacieron cuando en el mundo surgieron acontecimientos como: el accidente del Challenger, el terremoto de México por el año 1985, la clonación de la oveja Dolly, el atentado contra las torres gemelas, el día del nuevo milenio entre otros. (Tomado de Wikipedia).

Algunas características de la Generación Y se pueden sintetizar así: son avante en temas de tecnología pues nacieron en el auge mundial del Internet, la telefonía móvil y televisión por cable. Hoy día se les considera como jóvenes retadores con cualidades particulares que rompen los esquemas tradicionales desarrollados por la Generación X. Son independientes, les gusta capacitarse constantemente por lo que aprenden con facilidad varios idiomas; terminan su carrera profesional y quieren seguir actualizándose, con especializaciones, seminarios, diplomados, preferiblemente en el exterior. En el campo laboral son altamente eficientes por la facilidad que tienen del manejo de la tecnología; proponen soluciones efectivas, se adaptan con destreza a los ambientes laborales. Son informales en su vestir, no les gusta seguir protocolos, ni cumplir horarios, su interés laboral es terminar la tarea encomendada rápidamente y bien para obtener prontamente su remuneración. Son creativos por cuanto tienen “más desarrollado su hemisferio derecho, a diferencia de la Generación X que desarrolla más el izquierdo o el de la lógica”. (Según el Dr. Julio Fonseca”).

El reto para los educadores de hoy en su gran mayoría de la Generación X es que deben preparar sus enseñanzas atendiendo el estilo generacional Y, y ser más flexibles para entender el comportamiento de estos educandos. En hora buena se están implementando programas de alfabetización digital para que los X vayan a la par de los Y, precaviendo así conflicto social entre las dos generaciones.

A los empresarios les sugiero, como estrategia novedosa, vincular en sus empresas perfiles Y y X en un 50% de cada grupo, desde luego en la medida que la capacidad financiera que sus empresas lo permitan. Es entendible que pueda parecer un proceso complejo por lo novedoso pero con el tiempo se va volviendo atractivo en utilidades para las partes involucradas y viable. Las dos generaciones se complementan y entre ellas no deben reñir por temor a que una desplace a la otra, en el campo laboral. Los resultados de una correcta integración de estos grupos XY, por parte del gerente empresarial le traerá un crecimiento de empresa, coadyuvando al desarrollo gremial específico y combatiendo los índices de crisis por el desempleo.

En esos procesos de talento humano unificado empresarial se puede solicitar, y es sano el apoyo de profesionales especializados en psicología ocupacional, que harán menos traumático el mentado proceso, combinatorio XY.

viernes, 6 de noviembre de 2009

Elección de Fiscal General de la Nación

Luz Esther Castellanos Barón

El Frente, Bucaramanga

Noviembre 6 de 2009

Ocupa la atención de los colombianos por estos días el llamado “choque de trenes” entre los poderes Judicial y Ejecutivo, que merecen ser objeto de un análisis.

En Colombia el poder Legislativo, compuesto por Congresistas, Diputados y Concejales se elige por voto popular. En igual forma son elegidos el Presidente, de la República, los Alcaldes y Gobernadores. Como corolario de lo anterior y encontrándonos en un país democrático donde la voluntad del pueblo es la que ha de prevalecer, propongo que los integrantes del poder Judicial, incluido el Fiscal General de la Nación deban ser elegidos mediante el voto popular, en virtud del principio constitucional de la igualdad de conformación de poderes. Este modelo lo aplican en algunos estados de los Estados Unidos y ha dado resultados positivos.

Este ha de ser un proceso de democracia responsable organizado, apolítico y transparente. Previa a la elección popular propuesta, los candidatos se avalarán de listas emanadas de una junta muy ética, compuesta por el Gobernador, Alcalde del municipio respectivo, y prestantes directivos profesionales del derecho que estén colegiados.

Para cargos de rango nacional como el del Fiscal General, al Presidente de la República, junto con los Ministros, le competerá la labor de postulación más no de elección, la cual le corresponderá al pueblo. La mentada junta deberá valorar que los candidatos cumplan a cabalidad las exigencias legales requeridas para el cargo a proveer. Tendrán en cuenta también los nombres de quienes figuren en listas de elegibles de los concursos del poder judicial que ya han presentado. Diría que es algo así como una ‘meritocracia’ con elección popular. Quienes salgan electos se mantendrán en su cargo salvo que sean destituidos por contrariar la ley en su ejercicio laboral.

Esto es democracia, y sobre ella debe girar el eje funcional dentro de un Estado de Derecho como el nuestro. Esta noble opción integradora demanda tiempo y dedicación. Confío que sea viable en un futuro no muy lejano, si asiste voluntad legislativa para llevarla a cabo. No obstante demanda la elaboración de la respectiva reforma constitucional, y busca garantizar la tan anhelada seguridad jurídica de esta sociedad cambiante. Téngase claro que la presente es una fórmula integradora entre poderes con participación ciudadana y gremial, en la que una vez elegido el operador jurídico o el Fiscal será independiente e imparcial en el ejercicio de sus funciones.

Sea la oportunidad para invitar a los abogados para que se agremien en colegios de abogados, o mejor aún en Federaciones para lograr, con el apoyo estatal, un mejor servicio a la comunidad a la cual se deben y además participar del proceso selectivo arriba propuesto. (No se interprete como discriminación, con la que no comulgo. Es sencillamente disciplina gremial.)

viernes, 30 de octubre de 2009

Los apellidos

Luz Esther Castellanos Barón

El Frente, Bucaramanga

Octubre 29 de 2009

Desde hace muchos siglos tuvo origen el uso del nombre y de los apellidos. Por mandato constitucional y legal en nuestro país tanto el nombre como el apellido, y si es el caso, los seudónimos, constituyen un derecho, y, como tales son objeto de protección por normas de carácter civil, penal o administrativo. Además estos son atributos de la personalidad de todo ser humano, que permiten identificarlo e individualizarlo de los demás dentro de un determinado conglomerado social.


Es curioso traer a colación cómo en España, en tratándose de la forma en que aparecieron los apellidos, encuentro que algunos se formaban haciendo alusión a lugares. Por ejemplo: “Córdoba”, “Valle”; u ocupación, verbi gracia “Pastor”, “Zapatero”. Otros obedecían a animales como “Toro”, “León”; o quizá teniendo en cuenta algún atributo o defecto: “Calvo”, “Barriga”. España nos dejó además como legado el uso del doble apellido.


En Colombia el Artículo 1º de la Ley 54 de 1989 establece que “en el registro de nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito el primero del padre, seguido del primero de la madre, si fuere hijo legítimo o extramatrimonial reconocido o con paternidad judicialmente declarada. En caso contrario se le asignarán los apellidos de la madre”.


Es precisamente aquí donde hago un alto para disentir sucintamente de esta disposición. Considero que debe darse una modificación legal en el orden como ha de realizarse el registro del apellido para las generaciones a futuro.


A los legisladores, en su mayoría hombres, los invito, en cumplimiento de los mandatos constitucionales e internacionales, que pregonan la igualdad entre los géneros y en virtud de la no discriminación, a que realicen un merecido reconocimiento a la dignidad de la madre, valerosa mujer que soporta los dolores de parto, y posteriormente asume su rol de cuidado y crianza del hijo, que anidó en su vientre con amor, sea inscrito en el registro con el primer apellido de la madre, seguido del primer apellido del padre.


Será el mejor y bien acertado aporte jurídico, rompiendo esa estigmatización legislativa con tendencia machista, reflejada en la creación de algunas leyes. Es una propuesta nada descabellada, que no debe interpretarse como el bastión para que los padres puedan eludir sus responsabilidades morales, parentales, afectivas o económicas. Es cuestión de cultura jurídica moderna, ajustándose al desarrollo de los mandatos consagrados en nuestra Carta Magna. Con el tiempo esos cambios jurídicos se verán como algo normal. A manera de ejemplo, hoy la mujer casada, ya no cambia sus apellidos por el DE su esposo, como en otras épocas lo hacía.


Con esta propuesta los niños que lamentablemente no sean reconocidos por su padre, sencillamente llevarán los de su madre, y, de paso, no sufrirán la vergüenza con que se les trata en ocasiones por no tener el apellido paterno.


Por último, este aporte puede ser el principio de la reestructuración, o mejor, elaboración de un código de familia para no tener que estar acudiendo a artículos diseminados en el denso código civil o suplementos legislativos.

viernes, 23 de octubre de 2009

Moción de censura

Luz Esther Castellanos B.

El Frente, Bucaramanga

Octubre 23 de 2009

Ha ocupado la atención de muchos colombianos, por estos últimos días, el reciente escándalo nacional originado en el Ministerio de Agricultura, por la presunta indebida adjudicación de fondos estatales “a ciertas familias oligarcas que no los necesitaban”. Los dineros de dichos fondos, en parte, son producto de tributos que el lánguido pueblo paga.


La conducta asignataria referida a supuestos empresarios del campo, en principio han dejado un sin sabor en los colombianos, por considerarse como una forma de corrupción que, por ende, quebranta la ley y la ética que debe observar todo servidor público y también los particulares.


Pese a lo anterior no comparto, desde ningún punto de vista, la condena “a priori” al o los presuntos implicados por el tema de las AIS (Agro Ingreso Seguro) hasta tanto se les sigan los procesos legales pertinentes, donde tengan la oportunidad de rendir descargos y cotejar pruebas.


Con atino y en buena hora existe -y salió al escenario- la aplicación del procedimiento de la figura constitucional de moción de censura, que se sigue para quienes cometan presuntas conductas irregulares en el ejercicio de sus funciones. En este caso de las llamadas “AIS” y siguiendo los parámetros de nuestra Carta Magna, en el tema de censura, se citó al Ministro de la cartera de agricultura ante la Honorable Cámara de Representantes.


La moción de censura es una forma de control político y no debe prestarse nunca para el absurdo “clientelismo”. Se puede adelantar ante la Cámara de Representantes cuando se ha propuesto contra un Ministro, Superintendente y Directores de departamentos administrativos por “asuntos relacionados con funciones propias del cargo, o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso de la República”. Con esta figura de rango constitucional estimo que se pretende proteger la moralidad en las administraciones públicas. La Constitución política permite aplicar la censura a secretarios de despacho del Gobierno departamental o municipal, por convocatoria de los Diputados o Concejales, respectivamente.


Es audiencia pública en donde el presunto implicado ejerce sus descargos y sus juzgadores de Cámara, Asamblea o Concejo mediante una evaluación independiente e imparcial deciden sobre la suerte de la permanencia o separación en el cargo del servidor involucrado.


Los servidores públicos como un gran reto deben ejercer con decoro sus cargos para evitar caer en actos corruptos que atrasan el desarrollo del pueblo colombiano, merman la ayuda internacional y hacen perder la credibilidad de la democracia.


Colombia es un hermoso país rescatable si entre todos contribuimos denunciando para que, por presuntos sucesos como estos, no se altere la paz nacional.


No es plausible endilgarle al mandatario nacional las supuestas responsabilidades de sus colaboradores inmediatos en el Gobierno, pues bastantes faenas tiene él en su agenda, como para ocuparse y ejercer veeduría sobre sus inmediatos colaboradores, por presuntas violaciones activas o pasivas en el desempeño del cargo delegado. (Por demás existen organismos e instituciones nacionales de credibilidad para hacer juicio de reproche por esta clase de actuaciones).

lunes, 19 de octubre de 2009

Abandono infantil

Luz Esther Castellanos Barón

El Frente, Bucaramanga

Octubre 16 de 2009

Espeluznantes noticias por abandono e infanticidio últimamente nos han dado a conocer los medios de comunicación. Haciendo breve consideración del tema, recién nacidos indefensos o seres humanos en estado fetal son vilmente dejados a la intemperie como cualquier objeto desechable, exponiéndolos al sereno, sol, agua; o a la hambruna de roedores y aves carroñeras.


A la hora de buscar responsables por estos reprochables comportamientos expresaría que los llamados a responder, en principio, son los indolentes progenitores. Analizando un poco, los adolescentes (quienes para la ley nacional se consideran en proceso de maduración psíquica y física) parece que se están dejando influenciar por la pornografía que encuentran en el ciberespacio y llevados por la búsqueda del placer terminan en prácticas sexuales desenfrenadas sin medir sus consecuencias. He aquí una de las posibles causas de embarazos no deseados con los consiguientes resultados de infanticidios, abortos clandestinos o abandono de hijos no anhelados. Evidenciamos esto último cuando por el irresponsable actuar parental se está delegando la crianza al Estado, representado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, al punto que van a saturarlo, si no se controla este flagelo.


Los jóvenes están olvidando además que se están exponiendo a contraer enfermedades propias de estas prácticas libidinosas.


Para esta población juvenil es conveniente que en el hogar e institución educativa se ejerza más control y se inculquen más valores morales relativos al tema en comento. De este modo se ejerce labor preventiva y se evitan probables sanciones penales por la comisión de estos delitos, penas que deben cumplirse en los ya atiborrados centros de resocialización juvenil.


El derrame de sangre inocente o el dolor del indefenso pueril por el abandono en todas sus formas, no tienen precio y es factor de vulneración de los derechos humanos; y de los niños, protegidos por todas las legislaciones a nivel nacional e internacional. Normas que para los transgresores parecieran ser letra muerta.


Las situaciones de abandono infantil, aborto e infanticidio objeto de recriminación social, penal y moral también las cometen los adultos, motivados por circunstancias múltiples como extrema pobreza, desempleo, vivir la situación de desplazados, la no planeación del número de hijos, promiscuidad sexual, entre otras. Como corolario se puede pensar que la actual cultura sexual en la sociedad y el valor de la vida están en declive.


Para finalizar considero un desafío estatal el afrontar esta problemática social con urgencia por lo que se deben revisar las falencias en la aplicación de las actuales políticas de protección de los infantes, quienes son el futuro de la población adulta del mañana en nuestro país. Deberían perseguirse y sancionarse con normas más rudas a esos padres indolentes con sus menores; y así tal vez por temor a la sanción se evite la transgresión legal y se humanice la sociedad, donde en últimas, todos tomamos parte.


Aboguemos para evitar que niños abandonados terminen deambulando por las calles en estado de drogadicción incrementando la delincuencia o quizá la mendicidad infantil; engrosando además los cordones de miseria tan vergonzosos y retrógrados para el desarrollo de una ciudad. Contribuyamos a formar niños felices, brindándoles desde el seno familiar afecto, comprensión y bienestar general.

viernes, 16 de octubre de 2009

A propósito del referendo y la flexibilidad constitucional

Luz Esther Castellanos B.

El Frente, Bucaramanga

Septiembre 18 de 2009


Sabido es que los hechos o las conductas reiterativas de los integrantes de la nación constituyen el antecedente para el nacimiento de las diferentes normatividades y no al contrario. La Carta Magna es la norma de normas que prevalecerá sobre cualquier otra norma posterior y contraria a ella. Dando una lectura al contenido de esta normatividad suprema encontramos que Colombia es un estado con un gobierno democrático entendiendo por tal que la soberanía reside en el pueblo. Sí, somos nosotros todos los ciudadanos Colombianos quienes haciendo uso de la facultad constitucional elegimos mediante el voto, y de manera responsable desde el presidente hasta los congresistas, diputados y concejales – entre otros. La Constitución también nos da herramientas de participación ciudadana para ejercer el control y garantizar la eficacia en los actos del estado, entre las cuales está el mecanismo del referendo, figura ésta que ha causado y causará por varios días o semanas “malestar nacional” para algunos por el hecho de que si llegara a superar el control de legalidad el referendo reeleccionista daría una probabilidad, cual es el dar paso a un tercer gobierno de nuestro actual mandatario presidencial, y que eso dizque implicaría caer en dictadura lo que contrariaría el sistema democrático.

Es preciso reiterar que el referéndum reeleccionista, se encuentra en proceso de control de legalidad cuya ponderación la emitirán honorables magistrados de la más alta Corte Nacional cuyo concepto sea cual fuere será respetado y no podrá ser cuestionado de turbio o político. Según información de las últimas encuestas se evidencia en ellas la voluntad mayoritaria del pueblo donde el favoritismo se inclina por Uribe: eso es democracia y estas mayorías ciudadanas deben ser el alma de las modificaciones constitucionales. El derecho, reitero, es cambiante acorde con las necesidades de las sociedades, la Constitución por ende debe ser flexible a las reformas conforme evolucione la sociedad sin que implique inestabilidad jurídica. Esa enmienda reeleccionista será el bastión a futuro para cualquier candidato que consideren los votantes deba permanecer en el poder porque ha gobernado bien, llámese como se llame. Refiriéndome al tema presidencial de hoy, me pregunto por qué tanto dilema, ¿es que algún candidato presidencial considera no poder superar a Uribe? Con todo y esto volviendo al tema del referendo, éste no implicará y no debe significar que se de por victorioso al actual mandatario de nosotros los Colombianos en los próximos comicios en el supuesto aprobatorio legalista del susodicho referendo reeleccionista, más bien soy del criterio que a Uribe se le estará brindando la oportunidad de que pueda participar en el proceso electoral presidencial del próximo período al lado de los demás candidatos presidenciales que legalmente se inscriban por los diferentes partidos, sin que ello implique que se desdibuje la democracia, pues igual el pueblo, es quien para esa época decidirá mediante el sufragio.

Me resisto a pensar y no sería probo para nuestro pueblo el soportar que las luchas intestinas entre los partidos políticos sea principalmente por alcanzar la supremacía en el poder, sin anteponer que él mismo se obtiene por programas de gobierno que entre otras, den prioridad a las necesidades básicas como son alimentación, salud, empleo, vivienda, educación etc. del elector primario y su entorno familiar. Aquí hago un alto, y sin criterio partidista, invito a que como electores seamos garantes del sistema demócrata, en el que los ciudadanos son los sujetos activos y artífices de su propio destino y el elegido gobernante direcciona pensando en el bienestar de los administrados, de ahí es que deriva el principio de autoridad. Por último invito a que reflexionemos sobre: ¿cuál consideran sería la mejor opción presidencial para enfrentar con sapiencia por ejemplo los desafíos proferidos por nuestras “hermanas repúblicas, Ecuador y Venezuela”? ( En vano fue la labor de Simón Bolívar?).

viernes, 9 de octubre de 2009

El premio Nobel de la Paz

Luz Esther Castellanos Barón

El Frente, Bucaramanga

Octubre 9 de 2009

El químico Sueco Alfred Nobel, dispuso en su testamento que su extraordinaria fortuna, fruto de ganancias obtenidas por la invención de la dinamita, fuera destinada para premiar anualmente a quienes hicieran algún aporte en beneficio de la humanidad. Es así como se dio origen a los diferentes reconocimientos por innovaciones en las ciencias como la “Literatura, Física, Química, Fisiología y Medicina”. Y para aquellas instituciones o personas que por sus merecimientos, tengan derecho al premio Nobel de la Paz.

En tratándose de los nominados al premio Nobel de la Paz, considero que el más opcionado para obtener el galardón es el actual presidente de los Estados Unidos Barak Obama; pues en mi concepto reúne el perfil calificado para tan honorable premio. Valiosos y reconocidos han sido sus esfuerzos por llevar el mensaje de paz al mundo. Cuando asumió la presidencia tuvo la iniciativa de firmar un decreto en el que se dispone el cierre definitivo de la cárcel de Guantánamo y se prohíben las prácticas de las torturas que habitualmente se realizan allí, como se ha evidenciado en medios de comunicación. De este modo el mandatario aporta un granito de arena para poner fin a una de las más crueles y repudiables formas de vulneración a los derechos humanos.

En su más reciente discurso ante la ONU, el dignatario Obama dio a conocer su intención de firmar con Rusia un tratado para ratificar el prohibir ensayos nucleares. Además el gobernante estadounidense recordó en esa alocución, a los jefes de estado allí presentes, la renovación del compromiso de” No proliferación nuclear”, Aspecto bien importante por cuanto se evita exponer a las naciones a una guerra nuclear con las catastróficas consecuencias que la misma acarrearía.

A diferencia del anterior presidente estadounidense, Obama se muestra como un gran “conciliador, cooperador y respetuoso” de las relaciones internacionales lo que favorece la armonía mundial.

Confío que este joven e intelectual dirigente de nuestro continente americano se le otorgue el referido reconocimiento. Barak Obama tiene mucho tiempo y camino por recorrer para cumplir la tarea de construir paz como lo hicieran en otros tiempos Gandhi, Martín Luther King, Nelson Mandela o Rigoberta Menchú.

Para finalizar, creo conveniente reiterar que todas las naciones deben ser emisarias de la armonía, y que los antivalores no sigan opacando los valores Podrán existir conciertos, poemas y marchas por la paz a los que no me opongo, pero de nada servirán mientras en cada una de las personas no exista esa voluntad de cambio.

Sin fanatismos ni haciendo alusión a credo específico alguno, declaro que lastimosamente el ser humano se ha olvidado y nunca ha laureado a aquel hombre quien ha sido el mejor ejemplo de paz y tolerancia, me refiero a Jesús de Nazaret..