miércoles, 10 de marzo de 2010

Lección aprendida

Eduardo Behrentz*

El Tiempo, Bogotá

Marzo 10 de 2010


El paro de transporte que afectó a Bogotá por cuatro días y dejó millonarias pérdidas a distintos sectores fue motivado por diferencias entre las compensaciones ofrecidas para la entrada del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) y las pretensiones de la Asociación de Pequeños Transportadores (Apetrans).

La discusión llegó a feliz término en lo que se refiere al levantamiento del paro, pero dejó un sinsabor respecto a la estructura de indemnizaciones asociadas con el SITP y a la posibilidad de que estas afecten la tarifa que pagará el usuario. Esto a su vez representa un antecedente indeseable para los esfuerzos realizados en otros centros urbanos del país que pretenden generar sus propias versiones de SITP.

Es claro que Bogotá y otras ciudades se verán altamente beneficiadas con sistemas integrados de transporte (asociados con mejoras en la eficiencia, calidad del servicio y condiciones de trabajo de los conductores, así como con disminuciones en accidentalidad y contaminación del aire y visual), pero varios analistas han insistido en que se requieren mayores discusiones en relación con las condiciones de los contratos de concesión. Para el caso particular de Bogotá, se han criticado los extensos tiempos de las concesiones, así como las onerosas indemnizaciones y las generosas garantías jurídicas para los operadores.

En este contexto (que podría reproducirse en otras ciudades) y como resultado de las presiones ejercidas por Apetrans, dichos transportadores se aseguraron un negocio con muy pocos antecedentes, al lograr, sin importar la gestión realizada, una rentabilidad garantizada del 18 por ciento anual por un período de 24 años. Esto no solo parece excesivo, sino que representa una contradicción con la forma en que operan otros servicios públicos en Colombia, en donde las empresas prestadoras son objeto de un régimen económico regulado.

Por ejemplo, en el caso de los servicios públicos domiciliarios y bajo el actuar de las comisiones de regulación, los operadores (públicos, privados o mixtos) se encuentran sujetos a un marco tarifario que les permite recuperar los costos de inversión y de operación que se requieren para la prestación del servicio. Según la Ley 142 de 1994, dichos costos no deben reflejar ineficiencias en la prestación y estas no pueden trasladarse a la tarifa que paga el usuario. Esto significa, en contraste con lo logrado por Apetrans, que la única fuente de utilidad para las empresas se deriva de la optimización que logren de su propia operación.

A través de este modelo se han resuelto graves problemas de calidad y cobertura en el sector de servicios públicos y se ha logrado optimizar su costo, así como el uso de los recursos naturales requeridos. Asimismo, un modelo de regulación económica que opere a escala nacional protege de presiones a las autoridades locales y aporta solidez y transparencia a los procesos licitatorios. Esto último sería altamente deseable para el caso del transporte público, dado el tamaño del negocio y la informalidad y los conflictos de intereses que lo han caracterizado hasta el momento.

En conclusión, en busca de una mejor calidad de vida para todos los colombianos, debemos avanzar en la solución del caos asociado con los actuales sistemas de transporte público colectivo, asegurando que los procesos de migración hacia modelos tipo SITP se lleven a cabo de forma acertada. Para esto se debería reactivar la Comisión Nacional de Regulación del Transporte bajo la figura de Unidad Administrativa Especial, de tal forma que cuente con autonomía y la capacidad de acción requerida. ¡El Congreso Nacional tiene la palabra!

* Investigador

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