lunes, 1 de marzo de 2010

Qué tanto dinero y qué tanta salud

Rodrigo Guerrero

El Colombiano, Medellín

Marzo 1 de 2010

Un ingeniero de 64 años quedó sufriendo impotencia después de una cirugía de cáncer de próstata. Como su mal no cedió al tratamiento farmacológico y comenzó a sufrir menoscabo de su autoestima, sus médicos le recomendaron una prótesis o balón inflable que permite la relación sexual.


Sin embargo, el procedimiento no estaba incluido en el POS (Plan Obligatorio de Salud); el paciente interpuso una tutela para obtenerlo, el caso llegó hasta la Corte Constitucional y ésta ordenó financiarlo con dineros públicos.


Se sabe que los recursos para la salud son limitados. Si nos atenemos a la economía, ciencia encargada de resolver el conflicto entre recursos escasos y necesidades abundantes, se debe distribuir el presupuesto disponible para lograr la mayor cantidad de salud para la mayor parte de la población. De haber seguido esta norma, es probable que el ingeniero no habría obtenido su prótesis.


Pero si nos atenemos al principio de que la salud es un derecho fundamental y que debe ser garantizado para todos, según lo expresa la Corte Constitucional en la Sentencia T-760 de 2008, el ingeniero debe obtenerla, como en efecto la obtuvo.


Con el dinero que las EPS dicen haber utilizado para brindar tratamientos excepcionalmente costosos -incluso fuera de Colombia-, se podría afiliar a 1'750.000 colombianos. La pregunta que debemos hacernos es si el Estado puede excluir del sistema de salud a esos colombianos, para financiarle tratamientos de altísimo costo a un reducido número de ciudadanos.


Uno de los efectos positivos de la Ley 100 es que ahora 90% de los colombianos están afiliados al Sistema en una de dos modalidades básicas: El régimen contributivo, para los trabajadores asalariados; y el régimen subsidiado, para personas de bajos ingresos. Los del régimen contributivo contribuyen a pagar la atención de los del subsidiado a través de un fondo de solidaridad, llamado Fosyga, y a su vez, tienen un POS con mayores servicios. En el esquema original, 70% de los colombianos estarían en el régimen contributivo y el 30% en el subsidiado; pero, en 2008, había 52% en el subsidiado y 32% en el contributivo, razón por la cual se viene generando un déficit en el Sistema.


De los 500 billones del Producto Interno Bruto colombiano, aproximadamente 35 billones, un 7%, -proporción similar a la de Cuba o Costa Rica- corresponden al gasto en salud. Se estima que se requerirán unos 5 billones adicionales por año para cumplir la Sentencia T-760 de la Corte que ordenó unificar los POS, y aumentar a 11% del PIB el gasto en salud para financiar la cobertura universal.


Por el reciente aumento de impuestos a la cerveza, licores, cigarrillos y juegos, se obtendrán 1.5 billones adicionales. Al déficit restante hay que añadir los gastos no incluidos en el POS, que seguramente se seguirán cobrando a través de tutelas. A pesar de los decretos de emergencia, persiste un déficit estructural en el sistema que deberá financiar el contribuyente.


Si bien la salud es un derecho, todos los sistemas del mundo deben balancear la cobertura con la calidad de sus sistemas de salud. Por ejemplo, el gasto en salud de Alemania es nueve veces mayor que el nuestro y Gran Bretaña emplea 9% del PIB en salud, y ambos países tienen establecidas exclusiones.

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