El Nuevo Siglo, Bogotá
Noviembre 13 de 2009
En Occidente, el “derecho divino” de los reyes era equilibrado por su subordinación a las normas del “derecho natural” so pena de que el Papa, máxima autoridad espiritual, les quitara su apoyo moral, lo que entonces contaba mucho. ¿Quién llama a cuentas a los magistrados? En teoría, la máxima autoridad en una democracia, el pueblo mediante sus representantes, el Parlamento. Pero aquí los jueces prevalecen y la Comisión de Acusaciones de la Cámara renunció por miedo a que la Corte Suprema abra una investigación penal por morosidad (¡los magistrados hablando de morosidad!) en investigar al Presidente de la República. En su afán de ganar esa primacía en el “siglo de los jueces”, todo lo que vaya contra el Ejecutivo, Uribe, es legal.
Uno de los grandes problemas de Colombia, desde la colonia, es la administración de justicia. Se obedece pero no se cumple, decían los encomenderos mientras hacían su real gana. Nuestros jueces “obedecen” la Constitución pero aplicándola según sus creencias personalísimas. La Constitución establece los requisitos para ser Fiscal general, pero ellos crean otro, ser penalista (ni De Greiff, ni Valdivieso, ni Osorio lo eran) y, alegan, nadie puede decir lo contrario. Quieren quitarle al Presidente la facultad de nombrar al Fiscal. No escogen mientras en la terna no haya quien les guste. Aplican el llamado Nuevo Derecho, según el cual el juez interpreta “el sentimiento general del pueblo”, lo que crea justo.
Como lo explicaba Von Mises, “ya que es el propio juez quien debe determinar cuales son los sentimientos generales del pueblo (aquí la Constitución), es en esto absolutamente soberano, como el jefe de una tribu primitiva.” El gran propugnador de esta teoría fue Carl Schmitt, jurista de cabecera de Hitler.
Nuestro sistema democrático se basa en la división de poderes entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial. Cuando uno de ellos, en este caso el judicial, pretende arrogarse las funciones de los otros, como hace la CS de J al desconocer las atribuciones constitucionales del Ejecutivo o cuando legisla al interpretar las leyes contrariamente a la intención del legislador, caemos en la dictadura de los jueces.
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