lunes, 21 de diciembre de 2009

Comisión de la verdad

Rafael Nieto Loaiza

El País, Cali

Diciembre 20 de 2009

Empecemos por aceptar que la existencia de ‘comisiones de la verdad’ es el reconocimiento de la inoperancia de la administración de Justicia. No habría necesidad alguna de estas comisiones si en su momento los hechos que abordan hubiesen sido investigados con seriedad y se hubiesen establecido las sanciones correspondientes a los responsables.

Admitamos que estas comisiones tienen como base la impunidad y la desconfianza de la sociedad frente a las decisiones del aparato judicial. En la Centroamérica del posconflicto, en el Cono Sur que transitaba a la democracia o en Colombia hoy, las sociedades demandan saber qué fue lo que en verdad ocurrió y quiénes fueron los responsables de hechos significativos que marcaron el curso de su historia.

De ahí la importancia del informe de los tres juristas, uno de ellos presidente de la Corte Constitucional, que han conformado la Comisión de la Verdad sobre la toma en 1985 del Palacio de Justicia por el M-19.

Transcurridos casi 25 años desde la operación guerrillera, los jueces han sido incapaces de establecer quiénes son los responsables de los 43 civiles muertos y los 10 desaparecidos, cuáles fueron los motivos ocultos de la operación guerrillera y qué papel jugó el Gobierno en la retoma de la Fuerza Pública. La existencia de la Comisión es un tácito reconocimiento de la grosera ineficiencia de nuestra justicia penal que en este caso, como en los magnicidos de Gaitán, Galán, Lara y Álvaro Gómez, ha demostrado su incapacidad para identificar y condenar a los responsables.

La Comisión resalta algunos hechos: la alianza del M-19 con el narcotráfico, que explica que el objetivo de la guerrilla fueron los magistrados de las salas Penal y Constitucional, todos asesinados, que en esos días tendrían que haber abordado la extradición de capos importantes. Dos, que la operación no pretendía limitarse a un acto de propaganda, como la de la embajada dominicana, sino que quería ser la punta de lanza de la insurrección popular y la toma del poder por la insurgencia. Tres, que en la retoma de la Fuerza Pública no se ejecutaron las medidas de protección de los civiles que ordena el Derecho Internacional Humanitario en estas situaciones.

En condiciones normales, los informes de las comisiones de la verdad cierran los capítulos históricos que abordan. En Colombia no será así. Si se sigue la tesis de la Fiscalía encargada, que con la benevolencia tácita de la Corte Suprema de Justicia le ha dado por calificar como crimen internacional todos los hechos violentos especialmente simbólicos que amenazan con prescribir, la investigación judicial sobre el Palacio continuará indefinidamente.

En esas condiciones, sería de esperar que se extendiera a los miembros del M-19 y no se limitara a los militares que participaron en el rescate. En la lógica del crimen internacional imprescriptible, el indulto y la amnistía con la que fueron favorecidos no tendrían ningún valor. Así, la investigación debería extenderse a todos los miembros de la organización insurgente, no sólo a los que participaron directamente en la toma. Esa lógica es la que ha aplicado la Suprema a los miembros de los grupos de autodefensas y a los políticos que acordaron con ellos alianzas y colaboraciones. ¿Porqué en este caso debería ser distinto?

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