sábado, 24 de octubre de 2009

Aborto, el mal ejemplo cunde

Jaime Jaramillo Panesso

Colombian News

Octubre 23 de 2009

Esta República del Divino Niño, también es y debiera ser un Estado de Derecho, lo cual significa que se rige por una Constitución y las leyes que emanan de los órganos competentes, leyes que alcanzan a las otras denominaciones normativas como las ordenanzas, los acuerdos, las resoluciones y los decretos reglamentarios. Estado de Derecho es asimilable a Democracia, método de Gobierno donde las leyes se aprueban por las mayorías representadas en el Congreso y que sin excepción, son obedecidas por toda la ciudadanía y sus organizaciones sociales como la familia, el gremio, el sindicato, el partido o las iglesias. El respeto a la ley es la base de la paz y la convivencia en un estado democrático, muy distinto a una dictadura o a una teocracia. En las dictaduras de partido único o personales se conocen como estados totalitarios también. Las teocracias, por su parte, se rigen por normas divinas, religiosas, que no pueden modificarse por los humanos y solo se interpretan por los sacerdotes, ayatolás o chamanes, según el caso.

En la República de Colombia nos regimos por las leyes vigentes. Una de ellas establece que el aborto es un delito, salvo tres excepciones: que haya violación de la mujer y se derive un embarazo no querido; que el feto tenga deformaciones congénitas y por tanto se convertiría en un dolor tormentoso para el niño, la madre, la familia y el estado, de por vida; que la existencia de la madre gestante esté en peligro. En todos los casos se pretende proteger los derechos de la mujer, especialmente ultrajadas como las menores de edad. Es una norma humanista, generosa y racional donde si se invoca a Dios, debería primero que señalar que ninguna concepción del Ser Superior querría la desgracia y el dolor de las mujeres y de los bebés humanos. Un Dios que exija tales dolores y semejantes discriminaciones seria contrario a la bondad y a la felicidad que emana de su imagen conceptual. Otras normas penales son similares, como el homicidio. Es un delito, pero que tiene excepciones. La muerte de una persona a manos de otro u otros es un delito castigado por la norma. Pero existen excepciones como matar en legítima defensa o matar en accidente de tránsito. En ambos casos existe un eximente de responsabilidad y no cabe condena legal.

Contra la determinación de una de las altas Cortes que reitera la obligación de cumplir la ley y de educar la juventud en sus derechos y deberes respecto al aborto en la ley colombiana, la Iglesia Católica se rebela y no acata la norma, basándose en sus principios religiosos. Mal ejemplo para los ciudadanos en un país de mayoría católica y a la vez democrática. Es insólito y subversivo del orden constitucional. Si las mujeres católicas víctimas de los casos señalados por la ley no quieren aceptar el aborto preventivo, están en su derecho religioso. Pero no se puede llamar a somatén contra la ley en un estado de Derecho.

Esta es una de la consecuencia y mal ejemplo que ha dado la Corte Suprema de Justicia que se niega, contra la Constitución, a elegir el Fiscal General de la Nación, con la pretensión de poner de rodillas al Ejecutivo. El gobierno de los jueces, que no son electos por el pueblo, sino designados por sus pares o por instancias de segundo grado. El mal ejemplo cunde y lesiona el orden social y político.

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