Humberto de la Calle
El Espectador, Bogotá
Octubre 25 de 2009
Un eco de la caverna. Salvo el integrismo clerical, nadie discute en el mundo el derecho que tiene la mujer de optar por un aborto en las tres circunstancias dramáticas que encaró la Corte Constitucional.
En efecto, no hay en Colombia libertad absoluta para abortar. De entrada, entonces, es injustificada toda la exagerada alharaca que se hace ahora sobre una supuesta consigna abortista para matar niños como cualquier Herodes. Estos tres casos de despenalización son bastante universales y obedecen a consideraciones elementales sobre la vida diga del nacido, la salud de la madre y la dignidad de la mujer.
La lectura de la reciente sentencia en la que se ordena difundir los derechos de la mujer es consecuencia obligada de la serie de maniobras para impedir el cumplimiento efectivo de la decisión de despenalizar el aborto en los tres casos regulados: salud de la madre, violencia carnal y malformación del feto.
Con trabas inverosímiles, médicos y EPS exigen requisitos no previstos en la sentencia. Piden certificados de medicina legal, exigen pronunciamiento judicial previo, desatienden el consentimiento brindado por las menores, no valoran los conceptos de sicólogos sobre el estado ruinoso de la salud mental de las mujeres. Y, por fin, han acudido al expediente de alegar una objeción de conciencia colectiva, algo que no existe en ningún lugar del mundo. La objeción de conciencia individual es respetable y procedente, pero la EPS tiene la obligación de garantizar el derecho de la mujer disponiendo de recursos suficientes.
Y hablo explícitamente de derechos. El Procurador dice que la despenalización no genera derechos. Claro que sí. La sentencia de la Corte se basa en el libre desarrollo de la personalidad, la libertad, la vida y la salud de la madre y la dignidad de la mujer.
En consecuencia, para que la sentencia no sea rey de burlas, la Corte ha decidido evitar más esguinces, muchas veces extravagantes.
De allí que, entre las medidas tomadas, esté la de brindar pedagogía para clarificar este asunto en la mente de las mujeres. La sentencia no pretende que colegios confesionales hagan propaganda del aborto. Pueden libremente enseñar que es un pecado. Pueden también decir que, por fuera de las tres causales, es un grave delito. Pueden añadir que el aborto no es obligatorio. Pueden instruir sobre sexo responsable. Pero yo sí creo firmemente que toda niña tiene derecho a saber que en caso de circunstancias tan agobiantes, hay una salida menos irracional e inhumana. Que si se ven envueltas en esa tragedia, tienen derecho a abortar sin irse después para la cárcel en una doble victimización verdaderamente inaudita.
Ahora el Consejo de Estado ha suspendido el decreto que reglamenta el asunto. Se alega un problema técnico de competencia. Esperemos. Pero jamás la Iglesia había demostrado mayor alegría. Ni con un triunfo de la selección Colombia.
La actitud del Procurador era predecible. Y respetable. Aunque no la comparto, qué bueno fuera que nuestra clase dirigente estuviera compuesta por hombres con su franqueza y su honestidad intelectual. Reprobable en cambio que algunos liberales y el senador Petro, con excusas poco creíbles, hayan votado por él pese a autocalificarse como progresistas. Nos deben una explicación.
Plausible por igual la actitud del Ministro de la Protección a quien se le debe, además, el decreto suspendido que es modelo para Latinoamérica. Ha sido consecuente con el estado de derecho.
Ojalá pase pronto una penosa discusión que nos retrotrae, más o menos, al pleistoceno medio.
Referendo: Se dice que la sentencia no saldrá a tiempo. ¿A tiempo de qué? Si se trata de una norma intemporal, como se dice que es, no importa la fecha de la sentencia. Si esa fecha es crucial para reelegir a Uribe, entonces no es un referendo sino un plebiscito. Y la ley prohíbe que mediante plebiscito se extienda el período de los elegidos.
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