Edmundo López Gómez
El Univesal, Cartagena
Febrero 2 de 2010
Hoy martes, a las 6 p. m. vence el término de inscripción de las listas de candidatos al Senado de la República y a la Cámara de Representantes.
Es de suponer que, previamente, los partidos hicieron un escrutinio moral y ético sobre las condiciones y antecedentes de las personas postuladas. Es de suponer, también, que con fundamento en ese escrutinio y el lleno de otros requisitos de carácter legal, se les otorgó el Aval a los candidatos para llevar la representación de esos Partidos en las mencionadas corporaciones públicas.
¿Por qué hacemos las anteriores precisiones? Porque, si no se ha tenido suficiente cuidado en la elaboración de la listas, han podido colarse personas que no llenen las expectativas de un país hastiado de la corrupción.
No será suficiente, por ejemplo, que los candidatos hayan demostrado que no han perdido sus derechos políticos mediante sentencia ejecutoriada. No. Creemos que hay otras razones para que las organizaciones políticas se abstengan de inscribir ciertas candidaturas: las que ofenden la ética pública. Entre estas, caben las de aquellos candidatos que, a pesar de tener lazos de parentesco con funcionarios que ejercen autoridad civil y política, entran, sin embargo, a la competencia electoral.
Los partidos no pueden actuar con laxitud y sus autoridades internas extender avales a granel, así estos puedan quemarse en la puerta del horno, como suele decirse cuando no se ha graduado la intensidad del calor donde se cocinan los alimentos…
Valga el símil para expresar que pese a los avales otorgados, los candidatos con falencias serias en el campo de la ética política podrían “quemarse”, en cuanto sus inscripciones pueden trascender en violación de derechos fundamentales, como el de la igualdad, el cual hace parte de la esencia de nuestra democracia y que, por su categoría, prevalece sobre otros del mismo rango, como lo aprendimos de maestros eximios del derecho.
Pensamos que se ofende la ética pública electoral cuando se permiten privilegios frente a la igualdad de condiciones en que deben concurrir todos los candidatos a las justas electorales, y esa igualdad se rompe cuando se inscriben candidaturas de aspirantes al Senado de la República, a pesar del parentesco que los inhabilita en los términos que la Constitución señala en el numeral 5º del artículo 179.
Como el derecho a la igualdad no admite excepciones, las situaciones de privilegio de un candidato sobre otros, no podrían convalidarse por la gran razón de que las inhabilidades se producen cuando los principios éticos que la inspiran no son respetados.
De cara las elecciones del 14 de marzo, dentro de ese enfoque, no podrían ser inscritos como candidatos al Senado de la República, el hermano del Alcalde de Bogotá, Iván Moreno; el padre del alcalde de Barranquilla, Fuad Char; la madre del Acalde de Montería, Nora García; y Dumit Nader, hermano del Secretario de Hacienda de Córdoba y quien fuera, además, gobernador (e) en el último año.
Vaya uno a saber si, a pesar de tales señalamientos, los partidos los inscriben y luego los mantienen en las listas, porque éstas se pueden modificar hasta quince días antes de la celebración de las elecciones. Amanecerá y veremos…
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