jueves, 24 de septiembre de 2009

Los magistrados supremos

Por Édgar Polo*

El Heraldo, Barranquilla

Septiembre 24 de 2009



Hay dos hechos en la historia reciente que marcan el sino de la administración de justicia. La declaración de inexequibilidad del Tratado de Extradición suscrito con los Estados Unidos hace poco más de un cuarto de siglo y, posteriormente el Holocausto del Palacio de Justicia ocasionado por el M-19 en connivencia con el narcotráfico. Dicen los que saben de Historia y de Derecho que a partir de entonces declinó la calidad integral de los máximos jerarcas de la Administración de Justicia.


La Corte Suprema tumbó el Tratado de Extradición por un vicio de forma, había sido suscrito por el Ministro Delegatario con funciones presidenciales. Ante las limitadas posibilidades del Estado para combatir un delito que había desbordado las fronteras, era imperativo un instrumento de persecución del delito con eficiencia y castigo que pudiera disuadir al delincuente.


Una de las razones que explica, pero no justifica la actuación de la Corte, fue el amedrentamiento que sufrían los integrantes de la Sala Constitucional por parte del narcotráfico. Hubiera sido más digno para ellos mismos haber renunciado en masa ante la indefensión en que se encontraban dada la debilidad del Estado. Posteriormente, el Holocausto del Palacio de Justicia, hecho que aún arde y lastima en la memoria colectiva.


Ha pasado mucha agua bajo del puente. La Constituyente del 91 creó la Corte Constitucional y la antigua Corte Suprema quedó limitada a ser Corte de Casación en materia civil, laboral y penal. Sus sentencias pueden ser revisadas vía acción de tutela en lo que tiene que ver con la preservación de los derechos fundamentales, situación que no han asimilado sus ‘magistrados supremos’.


Es posible que consecuencia de esta situación sean las acciones frente al Ejecutivo y la clase política. El más protuberante, negarse a elegir Fiscal General de la terna elaborada por la Presidencia de la República, tal como lo ordena la Constitución, alegando que los ternados no pasan la prueba de “calidades y destrezas”, artilugio sacado del cubilete de su mente prevenida. Si ese exótico examen se les hubiera practicado para acceder a la magistratura, seguramente no estaría sucediendo esto.


Las acciones de los ‘magistrados supremos’ contra el Presidente de la República y la clase política han sido manifiestas. Condenaron a Yidis Medina solo con su autoincriminación sin práctica de pruebas y sin proceso elemental para establecer el delito de cohecho, que para su realización exige el concurso de dos, por lo menos. Inmediatamente instaron a la Corte Constitucional a pronunciarse sobre la legalidad del acto de reforma constitucional que permitió la reelección de Álvaro Uribe generando una situación institucionalmente peligrosa que oportunamente salvó la Corte Constitucional al refrendar la legitimidad.


En decisión insólita cambió la jurisprudencia respecto de los procesos que tienen que ver con investigaciones contra parlamentarios acusados de tener nexos con paramilitares, ordenando que los procesos que adelantaba la Fiscalía General volvieran a la Corte Suprema, posiblemente para ahí sí proceder a condenarlos sin fórmula de juicio, lo que originó reacción inmediata del Procurador, quien se opone por considerar que habría violación al debido proceso.


¿Será posible hacer entender a los ‘magistrados supremos’ que la seguridad integral necesaria para cimentar la estructura social tiene un altísimo componente de seguridad jurídica que depende en gran medida de sus decisiones, y que su responsabilidad ante la Patria es bastante mayor que la dimensión de sus egos?

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