viernes, 9 de octubre de 2009

¿Revivir el control previo?

Edmundo López Gómez

El Nuevo Siglo, Bogotá

Octubre 9 de 2009

La Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República deben acordar procedimientos conjuntos -sin invadir sus propias órbitas de competencia- para combatir la corrupción en Colombia. Que resulten archivadas investigaciones en una y otra entidad, por negligencia de sus funcionarios, resulta ofensivo en cualquier país. Históricamente, ha sido el camino más socorrido para llegar a la impunidad.


El número de funcionarios procesados que supera la cifra de 50 mil, indica la gravedad de la situación, por encima de “pactos de transparencia” que han resultado una manera de aparentar la vigilancia del Estado sobre el manejo de sus ingresos, sin que los signatarios de esos pactos ni las entidades de control se hayan tomado el trabajo de informar a la comunidad sobre sus resultados. Todo se limita a que la noticia se registre en los medios de comunicación, dentro de esa atracción vanidosa que muestran algunos de nuestros encopetados vigilantes, de aparecer en primeras páginas, o en espacios de la televisión, algunos mal maquillados para la ocasión.


Y qué decir de los jefes de la oficinas de “control interno” de ministerios, institutos, gobernaciones y alcaldías, cuando lejos de hacer un seguimiento serio de las gestiones de los gobernantes, se dedican a acomodar las actuaciones de sus superiores de tal manera que puedan dar una explicación, así sea traída de los cabellos, como la que el Ministro de Agricultura nos diera recientemente a los colombianos sobre algunos aspectos de su gestión y la de su antecesor. Y eso ocurre, porque quien designa al jefe de control interno de las entidades públicas es el funcionario que va a ser vigilado; asunto que, desde el punto de vista ético, no debería ocurrir.


Una de las decisiones que habrá de revisar el legislador, ojalá por iniciativa del Contralor General de la República, es la de volver al sistema de control previo y preceptivo antes ejercido por auditores para vigilar el ordenamiento y la ejecución del gasto público nacional, departamental y municipal. Cuando ese sistema existía, no se produjeron tantos saqueos contra el erario, a través de contrataciones fraudulentas o amañadas. El auditor podía advertir sobre fallas en los procesos licitatorios o evitar, por ejemplo, que se acudiera al recurso de mayor usanza como es el fraccionamiento de contratos, práctica con la cual se descuartiza “la presa” del presupuesto, para decirlo en términos prosaicos.


¿Advertir irregularidades administrativas o procedimientos eventualmente dolosos, después de ser cometidos, mediante el control posterior y selectivo, no resulta un ejercicio extemporáneo y contrario a la defensa oportuna del tesoro público?


Sin que se violenten principios tutelares de la presunción de inocencia y del debido proceso, los entes de control deben tener la facultad discrecional de separar al ordenador del gasto, sin esperar que los procesos disciplinarios o fiscales culminen las demandas que lo pudieran considerar responsable. La evaluación fiscal o la de la Contraloría sobre la falta, debe ser autónoma e independiente.


Actuaciones recientes del procurador Ordóñez han apuntado, afortunadamente, en ese sentido.

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