Editorial
El Tiempo, Bogotá
Octubre 6 de 2009
Nada refleja tanto la falta de orden del sistema de salud como el creciente número de acciones de tutela que miles de personas interponen cada año para reclamar tratamientos, medicamentos y procedimientos. El más reciente informe de la Defensoría del Pueblo sobre el tema trae, de nuevo, un balance nada alentador: el 53,4 por ciento de los servicios que los ciudadanos reclaman por esta vía hacen parte de los planes de beneficios (POS) a los que tienen derecho.
Entre las solicitudes negadas, el 74,8 por ciento de las cirugías, el 62,6 por ciento de los exámenes, el 66,9 por ciento de los tratamientos y el 77,7 por ciento de los procedimientos están contenidos en el POS. Es decir, a los colombianos se les está negando algo a lo que tienen derecho. Ante este panorama y ante las persistentes quejas por la mala calidad de la prestación de los servicios médicos, la Corte Constitucional emitió, en julio del 2008, la sentencia T-760, mediante la cual reconoció que la salud es un derecho fundamental.
Por esta vía buscaba evitar que la gente tuviera que seguir acudiendo a la tutela para acceder a la atención y exigió a las autoridades del sector poner en marcha acciones, dentro de un cronograma definido, para solucionar los problemas del sistema. Al contrario de una esperada reducción, así fuera leve, del número de tutelas, el año pasado 142.957 ciudadanos recurrieron a dicho mecanismo en demanda de servicios de salud, 33,3 por ciento más que en el 2007.
De acuerdo con el informe, ocho de cada diez de estas acciones están dirigidas contra las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado. Las aseguradoras justifican sus negativas en la poca exactitud con la que el Manual de Procedimientos e Intervenciones (Mapipos) describe ciertos servicios POS y no POS. Aseguran que esto ha dado lugar a zonas grises, en las que entran por lo menos 100 medicamentos y procedimientos, cuya aprobación queda sujeta a la interpretación de las aseguradoras, que se amparan en la falta de claridad para decir no, y a la de los jueces, para los cuales prima el derecho de las personas. Hoy, el 86 por ciento de las citadas acciones son falladas a favor de los usuarios.
Hay que decir, sin embargo, que algunos de los beneficiados han resultado ser inescrupulosos, que abusan del mecanismo y solicitan servicios exóticos, como terapias en el exterior y monturas y lentes de marcas determinadas. Más lamentable aún es que encuentren jueces que los aprueben. La Corte, consciente del problema, ordenó que el primero de agosto de este año quedara aclarado el contenido del POS. Y si bien la Comisión de Regulación en Salud (Cres), encargada de la tarea, eliminó de la lista de beneficios aquellos con baja frecuencia de uso y normalizó e incluyó a los de mayor uso, dejó intactas las zonas grises.
Al tema, sobra decirlo, hay que ponerle orden ya. La Cres, por mandato expreso de la Corte, acaba de unificar los planes de salud para todos los niños menores de 12 años afiliados a los regímenes subsidiado y contributivo, una decisión que hay que aplaudir. Es esperable que los afiliados al subsidiado (cuyo POS era más limitado) empiecen a demandar servicios a los que antes no tenían derecho. Si persisten esas zonas grises, es previsible que las negaciones y los fallos de tutela aumenten, con cargo al Fosyga, del que en el 2008 salieron 1,2 billones de pesos para costear las demandas.
Es urgente que el sector concentre sus análisis en la calidad de los servicios que ofrece el sistema de salud, al que el país destina cada año cerca de 20 billones de pesos. La eterna marea de tutelas solo demuestra que una cosa es que la gente tenga un carné que lo acredite como afiliado a una EPS y otra muy distinta que pueda, efectivamente, tener acceso a los servicios que le prometen.
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