domingo, 15 de marzo de 2009

La CSJ y el ministro Palacio

Editorial

El Mundo, Medellín

Marzo 14 del 2009

Los magistrados están perdiendo su carácter de jueces para convertirse, simplemente, en contraparte de un litigio personal con el ministro.

El sonado proceso de la ‘Yidispolítica’ en que se vieron comprometidos el ex ministro del Interior y de Justicia, Sabas Pretelt, y el actual ministro de la Protección Social, Diego Palacio, está tomando un cariz extraño a lo que el ciudadano desprevenido entendería por una justicia eficaz, pronta e imparcial, dado que, en el caso particular del segundo funcionario, los magistrados de la Sala Penal – no sabemos si todos o algunos de ellos – parecen estar perdiendo su carácter de jueces para convertirse, simplemente, en contraparte de un litigio personal con el ministro. Veamos por qué. 

En nuestro editorial del 28 de junio de 2008, “Otro grave desliz de la Sala Penal”, analizamos el alcance de la sentencia contra la ex parlamentaria Yidis Medina por el delito de cohecho, proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y discrepamos en dos puntos fundamentales: uno, el que se compulsara copia a la Corte Constitucional con la solicitud de revisar la posible invalidez del Acto Legislativo 02 de 2004 - que dio vía libre a la reelección presidencial inmediata por una sola vez – y explicamos en detalle la forma como se desarrollaron los debates y las votaciones del proyecto, que no dejaban la menor sombra de duda sobre la validez del trámite legislativo. “En el octavo y último debate – escribimos entonces – celebrado el 30 de noviembre, en la Plenaria de Cámara, la votación se hizo artículo por artículo y osciló entre 99 y 115 votos a favor y entre 15 y 47 en contra, es decir, una mayoría absolutamente aplastante y una demostración de la voluntad concluyente del Congreso a favor de la reelección, para no hablar del inmenso respaldo popular, que la oposición pretendió defraudar, aprovechando las maniobras de una vulgar delincuente”. 

El otro problema de la sentencia, a nuestro juicio, fue que la Sala Penal “terminó admitiendo la calificación que la propia señora Medina y su apoderado le dieron al delito, del que, por lo demás, se auto incriminó, sin considerar que podría tratarse de una maniobra para perjudicar a terceros o simplemente para salir mejor librada de un lío judicial de mayor cuantía por otras actuaciones incluso más graves que el cohecho”. Con todo lo que ha pasado en ese proceso, seguimos creyendo que con la admisión de la calificación del delito por parte de la propia incriminada, la Sala prejuzgó y resultó condenando, sin escucharlos ni vencerlos en juicio, a los que aquella señaló como coautores, es decir, a los ministros Sabas y Palacio, que presuntamente le ofrecieron prebendas para que cambiara su voto a favor de la reelección presidencial. 

Precisamente, basado en esa tesis, el ministro Palacio Betancourt ganó la tutela con la que reclamó protección a sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, a la honra, al buen nombre y al acceso a la administración de justicia, que consideraba conculcados en la sentencia de la Sala Penal. Con el voto unánime de sus siete magistrados, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dejó sin efecto ni valor jurídico toda alusión al ministro de Protección Social dentro de esa sentencia y explicó, entre otras motivaciones de su decisión, que, en la sentencia condenatoria contra Yidis Medina se consignaron imputaciones en contra del doctor Palacios, “de manera concreta, relacionadas con su condición de Ministro del Despacho y al habérsele negado la posibilidad de intervenir en la actuación, se violó el principio de presunción de inocencia que le asiste”. Por otra parte, coincidiendo con la tesis que ya habíamos expuesto en estas columnas en el sentido de que la Sala Penal no debió basar su fallo únicamente en la autoincriminación y en la calificación del delito por parte de la incriminada, la Sala del CSJ sentenció que “La Corte Suprema no podía condenar a la ex congresista con sustento exclusivo en su versión, porque la conducta de cohecho tiene una naturaleza bilateral y por ello es preciso que se prueben las conductas realizadas por cada uno de los extremos de la misma”. 

El 9 de febrero pasado, lamentablemente, un fallo de revisión de tutela por parte de la Corte Constitucional tumbó la sentencia de la Sala del CSJ, con el retorcido argumento de que, retirar el nombre de Diego Palacio del expediente “resquebraja la estructura de la sentencia judicial”, pues “la eliminación de las menciones a los coparticipes, por el aspecto activo, en la comisión del delito de cohecho priva a éste de uno de sus dos pilares, de tal suerte que con ello no podría afirmarse válidamente su convicción y literalmente se aniquilaría”. También argumentó la CC que el hecho de que aparezca el nombre de Diego Palacio en el expediente, no garantiza su culpabilidad o inocencia en la llamada ‘Yidispolítica’, y que por el contrario, será un juez el que determine si el Ministro tuvo o no participación en los hechos. 

El último episodio del novelón reventó hace tres días. Como haciendo honor al dicho popular de que la “la venganza es dulce”, magistrados de la Sala Penal consideraron que el Ministro hizo una falsa denuncia al poner un manto de duda, sin fundamento, a la condena de la Corte contra la ex congresista Yidis Medina. Los informes de prensa hablan de que la denuncia fue presentada ante el Fiscal general Mario Iguarán, con base en las declaraciones públicas hechas por el ministro Palacio contra la sentencia de Medina, las denuncias que también hizo ante la Comisión de Acusaciones y la tutela que presentó en el CSJ. Nosotros seguimos pensando que el ministro tiene plena razón en reclamar su derecho al debido proceso, y, como decimos arriba, es una pena que estén interviniendo factores de tipo personal y político que enturbian la ponderosa labor, a veces realmente arriesgada y valiente, que viene cumpliendo la CSJ para poner coto al contubernio criminal de políticos con las extremas armadas terroristas. Aunque no tenemos una hecatombe institucional, es una lástima que este nuevo choque merme el respeto y acatamiento con que los colombianos acogemos siempre las decisiones de nuestra Corte Suprema.

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