sábado, 19 de septiembre de 2009

Una decisión política de la CSJ

Editorial

El Mundo, Medellín

Septiembre 19 de 2009

Detrás del débil argumento de la especialización, hay una motivación política innegable en la decisión de la CSJ.

La Corte Suprema de Justicia, después de 47 días de estudiar el tema, resolvió que no le satisface la terna que le envió el Presidente de la República para elegir Fiscal General de la Nación y, en consecuencia, la devuelve con el frágil argumento de que – según la vaga y confusa explicación que dio a la prensa el presidente del tribunal, magistrado Augusto Ibáñez– “La Corte está en una profunda reflexión para observar el concepto terna antes de hablar de los candidatos”, agregando que “en la calificación de destrezas y calidades encontró que la terna no es viable para votarla”. De parte de Dios Todopoderoso, señores magistrados, ¿qué quiere decir eso?


Es una lástima que para el análisis de una decisión tan trascendental del más alto tribunal de justicia, los periodistas tengamos que valernos de lo que escriben los colegas de la capital sobre declaraciones de los altos funcionarios y no sobre documentos oficiales de la corporación, suscritos por su Presidente. Según El Tiempo, “el magistrado Ibáñez agregó que la Corte “no está haciendo ninguna imputación contra los candidatos” y aclaró que no habrá carta como tal al Presidente, sino que le remitirán copias de la decisión de la Sala Plena”. Francamente, nos parece una falta de respeto con la cabeza del Poder Ejecutivo y con el país, comunicar la decisión por la prensa, antes de que la conozca su destinatario. ¿Cuándo cambiará esa costumbre perniciosa y generalizada entre las altas cortes? Fue tan pobre la explicación del presidente de la CSJ sobre el alcance de la decisión, que el periódico de marras tuvo que consultar a otro magistrado, que bajo anonimato asegura que “más que los cuestionamientos éticos se tuvo en cuenta que ninguno de los tres es penalista. Esa es una destreza que el nuevo sistema penal acusatorio, vigente en el país desde el 2005, volvió casi obligatoria para el Fiscal General, pues él debe acusar directamente ante la Corte a los altos funcionarios”.


La tacha de que los candidatos carecen de “destreza” en derecho penal, tiene valor relativo porque el Fiscal, fuera de ser abogado y de que en su carrera debió estudiar las materias del área penal y su obligación es mantenerse actualizado, su labor no va a ser la de un juez que estudia caso por caso y que sí tiene que ser especialista en derecho penal. Su perfil es esencialmente el de un líder con gran autoridad, buen juicio para escoger a sus mejores colaboradores – entre ellos penalistas de primer nivel –, probada rectitud y experiencia. Aparte de “ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio, ser abogado (no dice penalista) y no haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad...”, la Carta exige “haber desempeñado, durante diez años, cargos en la rama judicial o en el ministerio público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado, o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente”.

Podría aceptarse, en gracia de discusión, que la Corte considere como valor agregado en un candidato su condición de penalista, pero su falta no es motivo suficiente para descalificar la terna. Se dice que la Corte estaría pretendiendo sentar jurisprudencia sobre la materia, pero resulta que los requisitos para ser Fiscal no los fija la Corte ni el Presidente de la República, sino la Constitución y la Ley. Si la CSJ quiere que se cambien las reglas de juego para la elección de Fiscal General, bien puede presentar – como está en sus funciones – un proyecto de Ley para que sea el Congreso el que diga la última palabra. Mientras tanto, como dice el Gobierno en su comunicado, “no hay margen de discrecionalidad para la Corte Suprema, cuya decisión está condicionada únicamente por el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Constitución”.

Detrás del débil argumento de la especialización, hay una motivación política innegable. Si la corte está pretendiendo descalificar la terna porque fue presentada con un criterio político de parcialización a favor del Presidente, lo mismo podría predicarse, en sentido contrario, de una decisión, a todas luces eminentemente política en contra del Gobierno. Una votación por una mayoría tan estrecha, de 13 contra 8, indica que se resolvió sobre una base política más que jurídica. Como política fue la decisión mayoritaria de rechazar la tesis de la minoría de que la descalificación de la terna debía ser por mayoría plena y no por mayoría calificada, es decir, por las dos terceras partes de los miembros de la Sala.


Queda, pues, protocolizado un nuevo capítulo del “choque de trenes” entre la CSJ y el Ejecutivo, que, por lo que se desprende de su comunicado, no está dispuesto a retirar la terna. Resta decir que, para nosotros, la interinidad en la Fiscalía General es muy grave, pues el que está actuando en calidad de encargado no se siente en capacidad de asumir responsabilidades importantes, como lo ha reconocido el vicefiscal Guillermo Mendoza, quien ya dijo que si no eligen prontamente Fiscal en propiedad, renunciaría porque “es mucha carga para tan poca autoridad”.
Tiene toda la razón.

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