Por Jorge Alberto Velazquez Betancur
El Mundo, Medellin
22 de agosto de 2009
La crisis de la justicia no es por falta de instituciones ni de herramientas jurídicas. Quizás una alta cuota de responsabilidad la tengan muchos de sus administradores, víctimas de los mismos males que aquejan a otros sectores sociales. Unos, sometidos por el poder corruptor del narcotráfico; otros, presos de la politiquería, y otros más, poseídos por el demonio de la vanidad. Con un cuadro así, ninguno de ellos tiene autoridad moral para acusar a nadie de corrupción o de cualquier otra conducta contraria a la ley. Una administración de justicia que no es ajena a los escándalos y que guarda silencio ante las actuaciones salidas de tono de muchos de sus integrantes, no tiene autoridad para erigirse en juez moral de
La administración de justicia no ha explicado las actuaciones del juez quinto penal de Bogotá, Luis Eduardo Beltrán Farías, quien luego de ordenar la excarcelación de tres implicados en hechos delictivos, huyó de su despacho -¿abandono del cargo?- y días después apareció borracho ante las cámaras de televisión. Ni el tristemente célebre juez Beltrán ni sus superiores han aclarado lo sucedido con la estudiante Diana Patricia Benítez Jiménez, su colaboradora en el Juzgado, muerta en extrañas circunstancias. El juez de marras debe explicar ¿qué significa la expresión “colaboradora personal”? en el ámbito laboral de un despacho oficial. Y sus superiores tendrán qué decirle al país ¿por qué un funcionario público -como lo es un juez- puede contratar “por fuera de la rama judicial” una empleada personal, que tenga acceso a expedientes y demás asuntos propios del Despacho?
Pero los exabruptos en este caso superan el límite de lo conocido. ¿Cuántos retenidos en Colombia son excarcelados por “insuficiencia neurológica”? La cadena de hechos escandalosos y de graves omisiones jurídicas continúa con una decisión más controversial que las del propio juez bajo sospecha: “el juez quinto penal municipal de Bogotá, Luis Eduardo Beltrán Farías, capturado por presunto prevaricato, quedó en libertad por “incapacidad neurológica”, informaron los medios de comunicación en su momento. ¿Por qué la administración de justicia permite que una persona que no está en uso pleno de sus sentidos permanezca en funciones o tome decisiones tan graves como la de excarcelar a quienes están incursos en un proceso penal? Hay que profundizar la democracia y penetrar a las interioridades de la rama jurisdiccional, árbitro legal y soporte de la vida en sociedad. Porque en todas partes se cuecen habas.
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